Estudio de Seguridad y Salud
De Construmatica
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Un Estudio de Seguridad y Salud deberá contener, según lo especificado en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción (BOE núm. 257, de 25 de octubre de 1997), como mínimo, los siguientes documentos:
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