Conservación y Explotación de Carreteras - Normativa Vigente Aplicable y Tramitación Administrativa: Resumen
Nota: Este artículo ha sido creado gracias a la Fundación Laboral de la Construcción en el marco del Programa de Afiliados de la Construpedia. El contenido pertenece a la publicación COEX. Normativa vigente aplicable y tramitación administrativa disponible en el sitio web Fundación Laboral de la Construcción
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Resumen
- No hay pena sin dolo o imprudencia.
- Las sanciones se impondrán en los casos en los que se produzcan vulneraciones al ordenamiento jurídico, siempre y cuando estuvieran previamente descritas como infracciones por una Ley.
- Un mismo hecho no puede ser juzgado dos veces por el mismo orden jurisdiccional.
- El Estado, la Comunidad Autónoma, la provincia, la isla, el municipio y demás entes públicos, según los casos, responden subsidiariamente de los daños causados por los penalmente responsables de los delitos dolosos o culposos cuando éstos sean autoridad, agentes y contratados de la misma o funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos.
- La responsabilidad civil es exigible en tanto se haya incumplido una obligación por acción u omisión con dolo o negligencia.
- La Administración tiene responsabilidad patrimonial respecto a los contratos con ella celebrados.