Lanas Minerales. Fuego
De Construmatica
Nota: Este artículo ha sido creado gracias a la AFELMA en el marco del Programa de Afiliados de la Construpedia. El contenido está disponible en el sitio web de AFELMA
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El CTE representaba la oportunidad para elaborar una norma más segura contra el fuego en los edificios
Después de la aprobación del Real Decreto 312/2005, el Código Técnico de la Edificación era la oportunidad para elaborar una norma más segura contra el fuego en la edificación siguiendo los criterios establecidos en las Euroclases que tienen en cuenta, además de la combustibilidad de los materiales, la emisión de humos y la producción de gotas.
En este contexto, AFELMA ha elaborado una propuesta de regulación de los materiales aislantes para contribuir al debate.
Las Lanas Minerales son incombustibles, no emiten humos ni producen gotas.
Los incendios y la seguridad en la edificación
La totalidad de las teorías coinciden: un incendio es siempre un mal a evitar. Sin embargo, en la práctica, un incendio solo alcanza la categoría de problema cuando genera pérdidas: si son humanas, se califica de tragedia; cuando se limitan a daños materiales, el grado de repercusión pública alcanzado por el siniestro es directamente proporcional a la cuantía de las pérdidas que genera. A mayores daños, mayor conmoción social.
En este contexto, los incendios en los edificios representan una fuente de preocupación constante debido a las fatales consecuencias que de ellos se derivan. En Europa, la reducción de la incidencia de los mismos es una muestra clara de la labor llevada a cabo en este sentido. Con todo, las cifras ponen de manifiesto que aún quedan cosas por hacer.
En el caso de España, por ejemplo, en los últimos años se han producido numerosos incendios relacionados con materiales aislantes. El presente no invita a la esperanza. Durante los meses de enero y febrero de 2005 se registraron cuatro grandes siniestros (local en Burgos, restaurante en Madrid, naves industriales en Santander y restaurante en Cornellá de Llobregat, Barcelona) en los que los materiales aislantes desempeñaron un papel primordial. Cuatro incendios en tan solo dos meses, la media es alarmante.
Medidas
La reciente aprobación del Código Técnico de la Edificación en su apartado de Seguridad en caso de incendio, es, según los expertos, una regulación incompleta e insuficiente para adaptar la normativa nacional en materia de protección contra incendios, considerada permisiva, a la normativa europea.
Hasta la fecha, la Norma Básica de la Edificación Condiciones de Protección contra Incendios (NBE-CPI), establecía una clasificación de los materiales empleados en función de una sola premisa: su combustibilidad. En esta línea, se establecían cinco grupos que iban de M0 (incombustibles) a M4 (mayor grado de combustibilidad). Mientras tanto, los criterios de seguridad recogidos en las Euroclases representan un avance para salvaguardar vidas y bienes al incorporar dos nuevas premisas a la hora de clasificar los materiales: además de la combustibilidad, se analiza la emisión de humos (responsable de las 3/4 partes de las víctimas en los incendios) y la producción de gotas al arder. Todo parecía indicar que las demandas existentes en España en materia de seguridad en la edificación encontrarían su solución en la aprobación del CTE. Pero, tal y como ya se ha señalado, el resultado final no ha logrado satisfacer las exigencias planteadas, ya que si bien es cierto que este documento incorpora las Euroclases para clasificar algunos materiales, continúa manteniendo la antigua fórmula, por la que solo te considera la combustibilidad, para otros.
El citado Código, debería corregir las lagunas e insuficiencias de la anterior normativa, promoviendo el uso de la clasificación europea en todos los materiales y ser especialmente riguroso en la regulación de los materiales aislantes dada su presencia en múltiples posiciones de obra.
Iniciativa de AFELMA
En este marco, AFELMA ha presentado su Propuesta de Regulación de los Materiales Aislantes por su Posición en los Edificios. El objetivo de la misma es, tal y como se recoge en su introducción, disponer de "una regulación de los materiales aislantes en cualquiera de las posiciones de obra de los mismos, indicando la exigencia mínima de clasificación al fuego permitida y las posibles protecciones según dicha clasificación, con objeto de garantizar razonablemente la seguridad de las personas y de los bienes". De este modo, el citado documento incorpora tres tablas en las que se detallan las soluciones que garantizan una protección suficiente en los distintos lugares: las cubiertas, las fachadas y otras posiciones de obra. Esta es, en definitiva, la contribución de la Asociación a la seguridad en los edificios.
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