Ley 31/1995

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Título: Ley 31/1995, de 8 noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
Fecha 8 de noviembre de 1995
Ámbito: España
Fuente: BOE, 10 de noviembre de 1995, nº 269, p. 5 - 26.
Texto completo: http://www.boe.es/boe/dias/1995/11/10/pdfs/A32590-32611.pdf [PDF - 1.770 Kb]
Estado: Green.gif VIGENTE


Ley por la que se desarrolla una política de protección de la salud de los trabajadores mediante la prevención de los riesgos derivados de su trabajo.

La normativa sobre prevención de riesgos laborales está constituida por la presente Ley, sus disposiciones de desarrollo o complementarias y cuantas otras normas, legales o convencionales, contengan prescripciones relativas a la adopción de medidas preventivas en el ámbito laboral o susceptibles de producirlas en dicho ámbito.

Objeto y ámbito de aplicación

Promover la seguridad y la salud de los trabajadores mediante:

  • La prevención de los riesgos profesionales para la protección de la seguridad y de la salud.
  • La eliminación o disminución de los riesgos derivados del trabajo
  • La información, la consulta y participación equilibrada
  • La formación de los trabajadores en materia preventiva


Derechos y Obligaciones

La Ley establece los siguientes derechos y obligaciones:

  • Del Empresario:
    • El empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. El empresario desarrollará una acción permanente de seguimiento de la actividad preventiva
    • El empresario deberá cumplir las obligaciones establecidas en la normativa sobre prevención de riesgos laborales.
  • Del Trabajador
    • Las obligaciones de los trabajadores establecidas en esta Ley, la atribución de funciones en materia de protección y prevención a trabajadores o servicios de la empresa y el recurso al concierto con entidades especializadas para el desarrollo de actividades de prevención complementarán las acciones del empresario, sin que por ello le eximan del cumplimiento de su deber en esta materia, sin perjuicio de las acciones que pueda ejercitar, en su caso, contra cualquier otra persona.
    • Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. Los derechos de información, consulta y participación, formación en materia preventiva, paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente y vigilancia de su estado de salud, en los términos previstos en la presente Ley, forman parte del derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.
    • El coste de las medidas relativas a la seguridad y la salud en el trabajo no deberá recaer en modo alguno sobre los trabajadores


Órganos de prevención

  • Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo - INSHT: Órgano científico técnico especializado de la Administración General del Estado que tiene como misión el análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como la promoción y apoyo a la mejora de las mismas. para ello establecerá la cooperación necesaria con los órganos de las Comunidades Autónomas con competencias en esta materia.
  • Inspección de Trabajo y Seguridad Social: Corresponde a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social la función de la vigilancia y control de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.
  • Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo: Órgano colegiado asesor de las Administraciones públicas en la formulación de las políticas de prevención y órgano de participación institucional en materia de seguridad y salud en el trabajo.
  • Mútuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales: Podrán desarrollar para las empresas a ellas asociadas las funciones correspondientes a los servicios de prevención.
  • Delegados de Prevención: Representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo.
  • Comité de Seguridad y Salud: Órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos.
  • Servicio de Prevención: Conjunto de medios humanos y materiales necesarios para realizar las actividades preventivas a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, asesorando y asistiendo para ello al empresario, a los trabajadores y a sus representantes y a los órganos de representación especializados

Artículos Relacionados

Recursos de Información Adicionales

  • Leyes relacionadas, específicas de la Construcción:
    • España. LEY 54/2003 de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. BOE, 13 de diciembre de 2003, nº 298, p. 44408 - 44415. [Consulta: 10 octubre 2006]. Disponible en: http://www.boe.es/boe/dias/2003/12/13/pdfs/A44408-44415.pdf [PDF - 60 kB]
    • España. REAL DECRETO 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. BOE, 25 de octubre de 1997, nº 256, p. 30875 - 30886. [Consulta:10 octubre 2006]. Disponible en: http://www.boe.es/boe/dias/1997/10/25/pdfs/A30875-30886.pdf [PDF - 236 kB]
    • España. RESOLUCIÓN de 8 de Abril de 1999, sobre Delegación de Facultades en Materia de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción, complementa art. 18 del REAL DECRETO 1627/1997, de 24 de Octubre de 1997, sobre Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción. BOE, 16 de abril de 1999, nº 91, p. 14342. [Consulta: 11 octubre de 2006]. Disponible en: http://www.boe.es/boe/dias/1999/04/16/pdfs/A14342-14342.pdf [PDF - 32 kB]
    • España. REAL DECRETO 604/2006, de 19 de mayo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. BOE, 29 de mayo de 2006, nº 127, p. 20084 - 20091. [Consulta: 11 octubre 2006]. Disponible en: http://www.boe.es/boe/dias/2006/05/29/pdfs/A20084-20091.pdf [PDF - 216 kB]
    • España. LEY 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. BOE, 6 noviembre de 1999, nº 266, p. 38925 - 38934. [Consulta: 11 octubre 2006]. Disponible en: http://www.boe.es/boe/dias/1999/11/06/pdfs/A38925-38934.pdf [PDF - 64 kB]
    • España. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. BOE, de 28 de marzo, nº 74, p. 11816 - 11831. [Consulta: 11 octubre 2006]. Disponible en: http://www.boe.es/boe/dias/2006/03/28/pdfs/A11816-11831.pdf [PDF - 380 kB]
  • Recursos de información externos, sobre Seguridad y Salud en la Construcción:
    • eLCOSH - Biblioteca electrónica de seguridad y salud en la construcción: Recurso para promover la seguridad y salud en la construcción. [Consulta: 11 octubre 2006]. Disponible en: http://www.mtas.es/insht/information/elcohs.htm
    • Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a las obras de construcción: Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a las obras de construcción. [en línea]. Madrid: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, 2003. [Consulta: 11 octubre 2006]. Disponible en: http://www.mtas.es/insht/practice/g_obras.pdf [PDF - 2.272 kB]
    • Planes y actuaciones de carácter formativo e informativo: Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Grupo de Trabajo Construcción. Desarrollo de planes y acciones de carácter formativo e informativo en relación con el mejor cumplimiento de la Ley 31/1995 y sus modificaciones emanadas de la Ley 54/2003 de prevención de riesgos laborales. [en línea] Madrid: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, julio 2005. [Consulta: 11 octubre 2006]. Disponible en: http://www.mtas.es/insht/cnsst/sect_const05.pdf [PDF - 211 kB]
    • Instituto de Trabajo y Seguridad Social: Normativa y Documentación. Documentación Riesgos Laborales.[en línea] Madrid: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. [Consulta: 9 febrero 2006]. Disponible en: http://www.mtas.es/itss/atencion_al_ciudadano/normativa.html