Morteros: Control de Recepción en Obra

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Control de Recepción en Obra de los Morteros

CTE. Parte I. Capítulo 2. Condiciones técnicas y administrativas.

Artículo 7.2. Control recepción en obra de productos, equipos y sistemas.

El control de recepción tiene por objeto comprobar que las características técnicas de los productos, equipos y sistemas suministrados satisfacen lo exigido en el proyecto.

Este control comprenderá:

- a) El control de la documentación de los suministros…
- b) El control mediante distintivos de calidad…
- c) El control mediante ensayos…


CTE. Parte I. Capítulo 2. Condiciones técnicas administrativas.

Artículo 8.1. Documentación de la obra ejecutada.

Se incluirá en el Libro del Edificio la documentación indicada en el artículo 7.2 de los productos equipos y sistemas que se incorporen a la obra.

De acuerdo con lo solicitado por el Código Técnico de la Edificación, este control consistirá en:

  • Control de la documentación de los suministros.
  • Control mediante distintivos de calidad.
  • Control mediante ensayos.

Control de la documentación de los suministros

  • Morteros fabricados in situ

El suministrador entregará al constructor los documentos de identificación de los productos, quién los facilitará al director de la ejecución de la obra. Esta documentación comprenderá, al menos, los siguientes documentos:

  • Documentos de origen, hoja de suministro y etiquetado, de los áridos, cemento, y en su caso, de los aditivos.
  • Los documentos de conformidad correspondientes al Marcado CE de estos productos.


CTE. Parte I. Capítulo 2. Condiciones técnicas y administrativas.

Artículo 7.2. Control recepción en obra de productos, equipos y sistemas.

El control de recepción tiene por objeto comprobar que las características técnicas de los productos, equipos y sistemas suministrados satisfacen lo exigido en el proyecto.

Este control comprenderá:

- a) El control de la documentación de los suministros…
- b) El control mediante distintivos de calidad…
- c) El control mediante ensayos…


CTE. Parte I. Capítulo 2. Condiciones técnicas administrativas.

Artículo 8.1. Documentación de la obra ejecutada.

Se incluirá en el Libro del Edificio la documentación indicada en el artículo 7.2 de los productos equipos y sistemas que se incorporen a la obra.

  • Morteros industriales:

El suministrador entregará al constructor los documentos de identificación de los productos, quién los facilitará al director de la ejecución de la obra. Esta documentación comprenderá, al menos, los siguientes documentos:

  • Documentos de origen, hoja de suministro y etiquetado.
  • Los documentos de conformidad correspondientes al Marcado CE.

Control de recepción mediante distintivos de calidad

  • Morteros fabricados in situ:

Carecen de distintivo de calidad.

  • Morteros industriales:

El suministrador proporcionará, en caso de disponer de ellos, la documentación precisa sobre los distintivos de calidad que ostenten los productos, que aseguren las características técnicas de los mismos exigidas en el proyecto. En su caso documentará el reconocimiento oficial del distintivo de acuerdo con lo establecido en el Artículo 7.2.2 del CTE.

Control de recepción mediante ensayos

CTE. Parte I. Capítulo 2. Condiciones técnicas y administrativas.

Artículo 7.2.3. Control de recepción mediante ensayos.

Para verificar el cumplimiento de las exigencias básicas del CTE puede ser necesario, en determinados casos, realizar ensayos y pruebas sobre algunos productos, según lo establecido en la reglamentación vigente, o bien según lo especificado en el proyecto u ordenados por la dirección facultativa.

La realización de este control se efectuará de acuerdo con los criterios establecidos en el proyecto o indicados por la dirección facultativa sobre el muestreo del producto, los ensayos a realizar, los criterios de aceptación y rechazo y las acciones a adoptar.

El control de recepción en obra de los morteros, debe ajustarse a cada una de las posibilidades que pueden presentarse para estos materiales:

- Morteros fabricados in situ (hechos en obra).
- Morteros industriales.
  • Morteros fabricados in situ:

Al no disponer del Marcado CE será obligatorio realizar el control de recepción de los morteros in situ, lo que conlleva:

  • Control de recepción de los componentes.
  • Control de recepción del mortero terminado.
  • Control de recepción de los componentes: este control afectará a los componentes de los morteros:
- Cementos.
- Áridos.
- Agua.

Los ensayos variarán en función del componente del mortero objeto de estudio. Atendiendo a ello, tendremos:

  • Cementos: Se actuará de acuerdo con la Instrucción de Recepción de Cementos (RC-08). Si el cemento sólo dispone del obligado Marcado CE, se recomienda realizar ensayos de identificación del suministro cada 200 t., salvo que se sobrepase la cantidad mensual de 200 t. de peso, en cuyo caso las remesas recibidas serán divididas formando lotes por cada 200 t. o fracción, de modo que, como mínimo, se constituyan dos lotes por mes.
- 1. Determinación de resistencias mecánicas: UNE-EN 196-1.
- 2. Análisis químico de cementos (determinación de la pérdida por calcinación): UNE-EN 196-2.
- 3. Determinación de los componentes: UNE 80216.
  • Cal: En el caso de morteros de cal o mixtos, se verificará el Marcado CE de este producto.
  • Áridos: Para los áridos que sólo dispongan del obligado Marcado CE, cada 2.000 t. es recomendable realizar los siguientes ensayos de recepción:
- 1. Determinación de la granulometría de las partículas: UNE-EN 933-1.
- 2. Evaluación de los finos. Ensayo del equivalente de arena: UNE-EN 933-8.
- 3. Determinación de la densidad de partículas y la absorción de agua: UNE-EN 1097-6.

En el caso del incumplimiento de las características definidas en el Marcado CE del suministrador, el árido debe ser rechazado.

  • Aditivos: Cuando al mortero hecho en obra se le agreguen aditivos, se verificará el Marcado CE de estos.
  • Agua: No precisará de ensayos en el caso de proceder de la red de abastecimiento. De no ser así, se realizarán los ensayos de idoneidad indicados en la EHE con una periodicidad mínima de seis meses.
  • Control de recepción de los morteros in situ terminados: Será similar al solicitado para la concesión del Marcado CE de los morteros industriales conforme a la tabla siguiente.
Tabla 7: Características a ensayar en morteros hechos en obra para revestimiento (diseñados o prescritos)

Los resultados para cada partida de mortero elaborado deberán registrarse en una Hoja de control de ensayos firmada por el constructor (Anexo 3).

Lote de control: a efectos del control de fábrica mediante ensayos, el lote se define como la cantidad de mortero del mismo tipo y cantidad de 1.000 t. o 600 m3 o fracción no inferior a 250 t.

Se realizará un mínimo de un muestreo para cada lote.

  • Morteros industriales:

En el caso de morteros industriales secos, la Dirección Facultativa de la obra podrá dispensar de la realización de los ensayos del control de recepción, dado que en la fábrica ya se realizan, entre otros, los ensayos de la tabla anterior.

En el caso de morteros industriales en posesión de un distintivo de calidad de carácter voluntario oficialmente reconocido, la Dirección Facultativa de la obra podrá dispensar de la realización de los ensayos del control de recepción.

Si se decide la realización de ensayos en el control de recepción, o la toma de muestras preventivas, la actuación será la indicada en los siguientes apartados.

El control de recepción se efectuará en el lugar de suministro.

La recepción del mortero se llevará a cabo por la Dirección Facultativa de la obra, o persona en quien delegue. En el acto de recepción deberán estar presentes representantes del suministrador (fabricante o vendedor) y del cliente o personas en quienes estos deleguen por escrito.

  • Remesa: a efectos del control de recepción del mortero, se considera una remesa la cantidad de mortero, de igual designación y procedencia, recibida en el lugar de suministro en una misma unidad de transporte (camión, contenedor, barco, etc.).
  • Lote: igualmente, se considera un lote la cantidad de mortero, de la misma designación y procedencia, que se somete a recepción en su conjunto.

En general, el lote lo formará la cantidad mensual recibida de mortero de igual tipo y procedencia.

El responsable de la recepción o persona autorizada podrá fijar un tamaño inferior para la formación de lotes, en el caso de que lo estime oportuno, o sea exigible, en su caso, por el Pliego de prescripciones técnicas particulares o por la Dirección Facultativa de la obra.

  • Muestra: finalmente, se considera una muestra la porción de mortero extraída de cada lote y sobre la cual se realizarán, si procede, los ensayos de recepción.
  • Tipos de muestras:

Se distinguen tres tipos de muestras: preventivas, de control y de contraste.

- Las muestras preventivas y de contraste, en su caso, se conservarán durante un plazo de 100 días, de modo que puedan ser ensayadas cuando sea necesario.
- Las muestras de control serán tomadas, en su caso, para envío a un laboratorio que cumpla lo establecido en el Real Decreto 2200/1995, de modo que sean efectuados los ensayos sobre aquellos morteros en los que este requisito es exigible.
- Las muestras de contraste serán tomadas cuando el fabricante (o el suministrador) lo requiera, a quien le serán entregadas para su conservación y ensayo, en su caso.
  • Toma de muestras:

Las operaciones de muestreo deberán realizarse en presencia del suministrador y del cliente o de sus representantes autorizados por escrito. En caso de que no se dé la presencia de cualquiera de ellos, podrá llevarse a cabo la operación de muestreo, pero se dejará constancia de tal circunstancia en el acta de muestreo. En todo caso, tanto el suministrador como el cliente podrán hacer uso de las muestras para la realización de ensayos en laboratorios de su elección si lo consideran necesario.

La toma de muestras se realizará siempre a la llegada de la remesa de mortero y bajo las instrucciones de la Dirección Facultativa.

Se redactará un acta para cada toma de muestras, que elaborará el responsable de la recepción del mortero y será suscrita por los representantes de las partes presentes.

Se deberá adjuntar una copia de esta acta con cada una de las muestras.

El documento deberá incluir, al menos, la siguiente información:

- Nombre y dirección del organismo responsable de la toma de muestras.
- Designación normalizada del mortero y marca comercial.
- Identidad de la fábrica productora.
- Referencia del Marcado CE.
- Número del certificado del distintivo oficialmente reconocido.
- Lugar, fecha y hora de la toma de muestras.
- Marca o código de identificación sobre el recipiente de las muestras.

Observaciones:

- Ausencia de alguna de las partes en la toma de muestras.
- En su caso, la exención de ensayos.
- Otras.

Fecha y firma del responsable de la recepción y de los representantes de las partes presentes en la toma de muestras.

  • Laboratorios de ensayo: El laboratorio que realice los ensayos deberá estar acreditado para ensayos de morteros conforme a los criterios del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre.
  • Operaciones:

De cada lote deben tomarse dos tipos de muestras: una de control para realizar los ensayos de recepción, en su caso, y otra preventiva para conservar por el responsable de la recepción. Cuando el suministrador lo solicite podrá obtener una tercera muestra de contraste.

Si el comprador retirase el mortero de la fábrica o del almacén del suministrador, la toma de muestras se hará en dicho lugar y en ese momento.

Las muestras secas se trasladarán, sin que se alteren, al laboratorio para su ensayo.

La toma de muestras (a granel o ensacados) se realizará en seco, nunca en fresco, para evitar los problemas que ocasionaría tanto el transporte como el curado de dicho mortero (condiciones no controladas), así como para conseguir la consistencia especificada por el productor.

  • Morteros a granel:
  • Morteros no proyectados: Se seguirán los siguientes pasos para extraer la muestra:
-1. Antes de tomar la muestra, verificar que el silo está lleno por encima del cono (> 1/3).
- 2. Poner en marcha el mezclador.
- 3. Abrir la llave de la zona de arrastre en seco del mezclador.
- 4. Eliminar cualquier resto de material apelmazado.
- 5. Recoger en recipiente rígido todo el caudal de material que salga, hasta completar una muestra de aproximadamente 10 kg.
  • Mortero ensacado: La muestra total se compondrá con al menos muestras de tres sacos que integrarán el lote a controlar.

Todas las tomas de mortero seco a granel o en saco quedarán envasadas en un recipiente hermético con doble tapa, adecuado para la conservación en condiciones de aislamiento y debidamente etiquetado. Asegurarse de que durante el transporte al laboratorio el producto no sufre alteraciones.

  • Conservación de las muestras:

Las muestras se conservarán en obra, fábrica o almacén, según corresponda, al menos durante 100 días, a no ser que sea precisa su utilización. El responsable de la recepción, o la Dirección Facultativa de la obra, podrá exigir que las muestras permanezcan en un lugar cerrado en el que queden protegidas de la humedad, el exceso de temperatura o la contaminación producida por otros materiales.

Se evitará que el envase pueda quedar dañado y que se rompa el precinto durante las manipulaciones. De darse esta anomalía, la muestra perderá su representatividad.

  • Preparación de la muestra en el laboratorio:

En el laboratorio se obrará conforme al procedimiento operatorio de la Norma UNEEN 1015-2 Métodos de ensayo de los morteros para albañilería. Parte 2: Toma de muestra total de morteros y preparación de los morteros para ensayo. Se procederá al amasado de la muestra en el laboratorio (condiciones normalizadas), garantizándose tanto la consistencia como el curado normalizado para obtener resultados representativos y no dispersos.

  • Realización de los ensayos:

Se realizarán conforme a las normas especificadas en la Tabla 7.

  • Criterios de aceptación o rechazo:

Los lotes se aceptarán o rechazarán en su conjunto. En el caso de obtenerse resultados negativos en los ensayos de control de recepción, se analizarán los de contraste; de obtenerse también resultados negativos, la Dirección Facultativa decidirá el rechazo del lote o la realización de ensayos de información de dicho lote.

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