Un local de 120m ² con dos zona delimitadas, una de publico de 60 m² y una de almacen de 60m², con dos estradas, una por delante (zona de publico) y otra por detras (almacen), y las dos entradas abren hacia dentro. ¿es necesario modificar la apertura de alguna de las puertas hacia el exterior para adaptarme a la normativa de evacuación en caso de incendio?
Preguntado por Manuel Rey Lopez en Administración y Gestión de Obras
Creada el 08-mar-2010 19:00:32
Actualizada el 08-mar-2010 19:00:32
Palabras clave: Evacuación contra incendioos
por supuesto, la normativa indica claramente dimensiones segun aforo, tipo rf de las puertas, y sobre todo qe para evitar aglomeracion, las puertas deben abrir en el sentido de evaciuacion del local, es de3cir siempre hacia fuera, y con sistema de aperture por barra de inpulso, no por picaportes.
espero te haya servido mi aclaracion, un saludo