TRES preguntas.
La modificación consiste en el cambio de uso y el aumento de aprovechamiento de la parcela de servicios públicos.
1. Con este cambio de uso se elimina del sector la única reserva para centro docente que existía. ¿Es legal que un sector residencial no posea esta reserva?
2. El PP original se confeccionó con el aprovechamiento límite para el sector permitido por las NNSS del municipio. Entonces, ¿es legal aumentar el aprovechamiento de la parcela P, sobrepasando así el límite asignado al sector?
3. Para la aprobación definitiva de una Modificación de PP en Pleno de Ayto, ¿qué consenso se requiere? (Yo había leído en el Reglamento de Planeamiento (art 161) de 1978 que se requieren los dos tercios de votos favorables de los miembros de la Corporación. Decidme si esto sigue en vigor)
Muchas gracias de antemano. Espero que resolváis mis dudas para un posible recurso administrativo contra esta modificación.
Preguntado por Ricardo D. P. en Normativa
Creada el 13-ene-2009 13:36:43
Actualizada el 14-ene-2009 15:54:55
Palabras clave: Normativa, Aprovechamiento, Normas, Subsidiarias, Parcial, Residencial, Cambio, Uso, Plan, Granada