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Contrato de Obra

De Construmatica

LogoFLC.PNG Nota: Este artículo ha sido creado gracias a la Fundación Laboral de la Construcción en el marco del Programa de Afiliados de la Construpedia. El contenido pertenece a la publicación El contrato de obra disponible en el sitio web Fundación Laboral de la Construcción

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Éste es un extracto de la publicación original. Para mayor información consulte la Librería de la Fundación Laboral de la Construcción

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El presente libro, referido expresamente al contrato de obra, intenta ofrecer una visión clara y práctica de esta figura contractual, cuya regulación se encuentra en diversos textos normativos.

El contrato de obra es un contrato de resultado en virtud del cual se le encarga a alguien la ejecución de algo. A primera vista se puede entender que la ejecución material de una obra, concebida como tal, será objeto de un contrato de obra, pero también lo es el encargo que se hace a un profesional de un proyecto, cuya ejecución también será a su vez objeto de un contrato de obra. Además resulta importante determinar el concepto que tiene esta figura contractual en nuestro ordenamiento jurídico apreciando sus diferentes regulaciones y determinando las clases de contratos de obra que se pueden celebrar, distinguiéndolo de figuras tangenciales o similares que hacen que en muchos casos su deslinde sea complejo o difuso.

Por otro lado, y para la perfecta inteligencia del contrato de obra, resulta oportuno acudir a la diferenciación clásica entre los distintos elementos que puede tener una figura contractual. De esta manera, se ha de distinguir entre los elementos personales de este contrato de obra (estudiando los sujetos que habitualmente intervienen en un contrato de este tipo) y los elementos reales del mismo (haciendo especial hincapié en la obra como tal y en el precio que se pagará por ella); por último, hay que analizar los elementos formales, que si bien no son especialmente importantes, sí resultan destacables para su aplicación práctica.

Estructurada, por tanto, la figura contractual, debemos analizar las obligaciones que atan a cada uno de los intervinientes en un contrato de este tipo y detenernos en todos y cada uno de los agentes previstos en la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), centrándonos especialmente en las relaciones que atan al constructor y al promotor, destacando la formulación habitual de un contrato de obra en el sector, para, posteriormente, poder trasladar esa estructura básica o típica a los contratos que celebren a su vez contratistas con subcontratistas o empresas con trabajadores autónomos u otras empresas que no sean del sector pero que, por la forma de contratación, utilizan la figura del contrato de obra.

Además, y dada la importante presencia que este contrato tiene en la práctica (no sólo por la importancia económica de los contratos de obra que se celebran en el sector, sino también por la relevancia social que el propio sector tiene), analizamos las diferentes formas de cumplimientos o incumplimientos que pueden producirse, según la óptica desde donde se mire, así como las consecuencias y responsabilidades que pueden derivarse de ellos, clarificando cómo deben depurarse y las diferentes acciones que se pueden entablar.

Por último, atendemos a cómo y cuándo se produce la extinción del contrato de obra y analizamos igualmente las circunstancias en las que se puede entender extinguido y cumplidas las obligaciones entre sus diferentes partes.

El contrato de obra es la figura contractual más importante que maneja el sector de la construcción y debe abordarse su estudio desde una visión práctica y clara, intentando huir de excesivos tecnicismos y acudiendo a ejemplos prácticos. La litigiosidad en torno a los contratos de obra es importantísima y la jurisprudencia muy abundante, por lo que hacemos algunas referencias a sentencias para que tengamos en cuenta cómo debe presentarse este contrato o cómo lo analizan los órganos juzgadores. En definitiva, se exponen los elementos del contrato de obra, sus obligaciones, sus posibles incumplimientos y sus responsabilidades, para lo que debemos reconducir los presupuestos fácticos que encontramos en un contrato concreto para su inteligencia correcta, trasladando la realidad a la estructura legal.

En conclusión, se intenta exponer de una manera clara esta figura contractual, centrándonos en su estructura simple, que firma el promotor con el constructor, pero teniendo presente que se puede complicar cuanto queramos en la práctica aplicarla a una obra global por la cantidad de agentes que intervienen, de manera que se debe conocer bien para exponerla con claridad, en su caso, ante un tercero ajeno a la realidad de la obra.

Indice

  1. Introducción
  2. Mapa conceptual
  3. Consideraciones generales
  4. Resumen
  5. Terminología

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