Prevención de Riesgos Laborales en la Obra:Coordinación de las Actividades Preventivas

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En cumplimiento de la Ley 31/1995, del RD 1627/1997 y del RD 171/2004, la empresa constructora es responsable no sólo de la coordinación de las actividades de sus trabajadores, sino también de las desarrolladas por los demás trabajadores de la obra. Igualmente, es responsable de implantar y mantener las medidas preventivas instauradas por todas las empresas de la obra y de evitar los riesgos derivados de su concurrencia.

Para realizar esta tarea será necesario definir una serie de medios de coordinación, de entre los cuales destacamos como más habituales en el sector de la construcción los siguientes:

-Intercambio de información y de comunicaciones entre las empresas concurrentes.
-Coordinación preventiva de los trabajadores autónomos.
-Celebración de reuniones periódicas entre las empresas concurrentes.
-Definición y distribución de instrucciones.
-Definición de medidas específicas de prevención de los riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de las empresas concurrentes o de procedimientos o protocolos de actuación.
-La presencia en el centro de trabajo de los recursos preventivos de las empresas concurrentes.
-La designación de una o más personas encargadas de la coordinación de las actividades preventivas.

Reuniones periódicas de coordinación de las actividades preventivas

Es el sistema más utilizado para coordinar las actividades preventivas en las obras. Por otra parte, también existe la posibilidad de la definición del comité de seguridad y salud que prevé el artículo 38 de la Ley 31/95. Sin embargo, raramente se dan los requisitos necesarios para la constitución de este órgano.

Por lo tanto, para dar respuesta a la necesidad real de que exista un órgano de participación, coordinación y seguimiento de la actividad preventiva, es recomendable definirlo. Este órgano, que pasamos a denominar comisión de seguridad y salud, tiene que reunirse periódicamente, en función de las necesidades de planificación y seguimiento de las actividades que esté llevando a cabo la obra. En cualquier caso, es conveniente que sus reuniones se realicen cada uno o dos meses.

Como hemos dicho, su función tiene que ser la de planificar las actividades preventivas de acuerdo con el plan de seguridad y salud, realizar su seguimiento y, en general, coordinar a todos los agentes que intervienen en la obra, especialmente a las empresas concurrentes.

La composición de esta comisión tiene que ser tan participada como sea posible y, a modo de recomendación, se propone la siguiente composición:

-Coordinador en materia de seguridad y salud
-Jefe de obra
-Técnico de PRL de la obra
-Jefes de producción
-Encargados
-Recursos preventivos en la obra
-Representantes ejecutivos de las empresas subcontratistas
-Representantes de otras empresas concurrentes
-Delegados de prevención

Debe registrarse la realización de las sucesivas reuniones con actas que recojan el contenido de las mismas, debidamente firmadas por todos los asistentes.

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